jueves, 20 de marzo de 2014

Nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial. Una nueva vuelta de tuerca a la moto de campo y más...

Pues sí, si hasta ahora estábamos totalmente puteados, ahora ha llegado la puntilla con la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial aprobada por nuestro Gobierno.

Aunque voy a obviar algunos puntos, diré algunos de los más interesantes, aunque muchos son totalmente estúpidos y hechos por alguien cuyo único afán es recaudatorio y que no tiene NI PUTA IDEA de lo que es circular por carretera, por ciudad, y mucho menos por el campo ya sea en coche, moto o camión.
rán haciendo sin pagar ningún tipo de impuesto de circulación, y además
1. Se sube el límite a 130 Km/h, pero sólo si el que está esa mañana en tráfico le sale de las narices decir que "hoy me apetece que se circule a 130, si no que sigan a 120", ya que depende de si hace frío, calor, llueve, hay circulación o si esa mañana su mujer no le ha dejado "palpar" cachete..

2. Las vías en las que se circulaba hasta 100 km/h, se puede reducir a 90 km/h o incluso a 70 km/h, según también el experto inútil de turno, por lo que podrá haber ramos de una carretera Nacional de doble sentido, en las que haya que circular a 70 porque a un analfabeto funcional le da la gana y que seguro que no ha ido por esa vía en su mísera vida.

3. Se realizarán controles de alcoholemia a peatones, así que ya sabéis, eso de agarrarse una "melopea" y que conduzca el que no va "pedo" ya está penado, por lo menos hasta que lleguéis al coche. Y si alguien va borracho en un coche sin conducir y se ve envuelto en un accidente, también podrá ser sancionado ya que "puede influir en el conductor". Sinceramente kafkiano.


4. Y este es el punto que atañe a los moteros de campo: "Restricción ecológica de la circulación. Se recoge la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales, ya sea en áreas urbanas o fuera de ellas. Ahora deberá ser el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente el que deberá fijar las condiciones que deben darse para que se establezcan estas limitaciones a la circulación".©Libertad Digital.
Es decir, que ya no sólo estamos expuestos a una multa ecológica, sino que además es una infracción contra la Ley de Tráfico, con retirada de puntos del carnet, y además que pueden restringir la entrada a una ciudad o localidad si ven que hay mucha polución en el ambiente (eso sí, el político chorizo, ministro, alto ejecutivo si podrá entrar en su coche oficial a esa localidad porque no se va a rebajar a aparcar el coche, pagando un parking o a la ORA, y coger el metro o autobús).

5. Los ciclistas podrán ahora circular POR CUALQUIER TIPO DE VÍA, y lo seguirán haciendo sin pagar ningún tipo de impuesto de circulación, y sin que se les pueda retener el vehículo si han cometido una infracción como sí ocurre si llevas un coche, moto o camión... ¿Por qué?

6. Si tienes un accidente porque se te cruza un perro, un corzo o un jabalí (en mi zona hay muchos), el culpable eres tú, no el animal... Y no puedes reclamar al propietario del coto o del animal `porque el culpable eres tú.

Otros artículos sobre la seguridad en el transporte de niños, y gilipolleces varias que no me apetece comentar.

ESTAMOS JODIDOS...

Un saludo.

Fili

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